El fiscal penal juvenil de San Isidro, Andrés Zárate, cuestionó la cautelar que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires y sostuvo que la resolución dictada por una jueza de Lomas de Zamora no tiene alcance sobre su jurisdicción.
La medida había sido dispuesta por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, en el marco de un hábeas corpus. Para Zárate, un juez penal puede declarar la inconstitucionalidad de una norma dentro de un expediente determinado, pero no dejarla sin efecto de manera general.
“Ella como juez penal no puede dejar sin efecto una norma. Es decir, un juez en el ámbito de su competencia, lo que puede hacer, de acuerdo al sistema constitucional y procesal en el ámbito penal, es declarar la inconstitucionalidad de una determinada norma en el caso concreto”, sostuvo el fiscal.
En diálogo con Radio Mitre, Zárate agregó que la legislación penal juvenil forma parte del esquema penal nacional y cuestionó que una resolución dictada en un expediente pueda suspender su aplicación más allá de ese caso.
El fiscal anticipó que seguirá aplicando la nueva ley
La posición del funcionario tiene una consecuencia concreta para el Departamento Judicial de San Isidro: aseguró que continuará actuando bajo el régimen que comenzó a regir el sábado.
Consultado sobre qué haría ante un eventual delito cometido por un adolescente bajo las nuevas reglas, Zárate sostuvo que debe aplicar la legislación vigente.
“Yo de ninguna manera voy a acatar un fallo de esa naturaleza”, afirmó.
Y fue más específico respecto del alcance territorial de la resolución: “esta decisión no rige”, dijo al referirse a San Isidro.
El fiscal utilizó además un caso ocurrido el mismo día en que comenzó a regir el nuevo régimen para explicar su postura. Según relató, un juez encargado de ejecutar la condena de uno de los autores del crimen de Matías Urbani, asesinado en Tigre en 2009, dispuso la liberación de un condenado a partir del principio de ley penal más benigna establecido en el artículo 2 del Código Penal.
Para Zárate, si la nueva legislación puede ser aplicada para beneficiar a una persona condenada, también debe regir en los procesos iniciados bajo el nuevo esquema.
“Si la aplicás para liberar, también la tenés que aplicar para condenar”, resumió.
Zárate defendió la reducción de la edad de imputabilidad
El fiscal también se refirió al otro eje de la reforma: la situación de los adolescentes de entre 14 y 16 años.
Según su experiencia en el fuero penal juvenil, durante los últimos años hubo participación de menores de esas edades en causas de gravedad. Mencionó investigaciones por homicidios, robos en viviendas y estructuras delictivas en las que intervenían adolescentes junto con mayores de edad, entre ellas la denominada causa de la “banda del millón”.
“Entre los catorce y los dieciséis años se venían cometiendo muchos hechos”, afirmó.
En ese sentido, consideró que la modificación de la legislación respondía a una situación que, según describió, ya se presentaba en los tribunales.
De todos modos, Zárate aclaró que bajo el régimen anterior los adolescentes que se encontraban por debajo de la edad de imputabilidad no quedaban necesariamente al margen de toda intervención judicial.
Según explicó, podían disponerse medidas de seguridad y, en causas consideradas graves, algunos menores permanecieron privados de su libertad durante períodos prolongados.
El fiscal señaló que hubo casos de adolescentes que estuvieron detenidos durante más de dos años bajo ese esquema.
La disputa que queda planteada ahora se centra en el alcance de la cautelar dictada en Lomas de Zamora y en la respuesta que adopten otros magistrados y fiscales bonaerenses frente a una norma que ya comenzó a tener efectos sobre causas concretas.

