La prioridad de paso para el vehículo que llega por la derecha sigue vigente en la provincia de Buenos Aires, pero tiene una nueva excepción que los conductores deberán tener en cuenta: cuando se ingresa o cruza una avenida, ruta, autopista, semiautopista o carretera desde una vía de menor jerarquía, hay que ceder el paso, sin importar desde qué lado se aproxime el otro vehículo.
La modificación de la Ley 15.657, ya promulgada y vigente, incorporó el artículo 28 quater a la Ley 13.927. El cambio busca precisar una situación que había generado interpretaciones diferentes: qué ocurre cuando un automóvil llega por la derecha desde una calle y otro circula por una avenida.
En ese caso, la prioridad corresponde al vehículo que transita por la vía de mayor jerarquía. Por lo tanto, quien pretende ingresar o cruzarla debe detenerse antes de avanzar.
Qué pasa cuando una calle desemboca en una avenida
La diferencia se entiende con un ejemplo cotidiano: un conductor circula por una calle y llega a una esquina donde cruza una avenida. Aunque otro automóvil se acerque desde su izquierda o desde su derecha, deberá cederle el paso si circula por esa avenida.
La reforma establece el mismo criterio para autopistas, semiautopistas, rutas y carreteras. La prioridad ya no depende exclusivamente de qué vehículo llega por la derecha, sino también de la jerarquía de las vías que se cruzan.
Uno de los argumentos que impulsaron el cambio está relacionado con las velocidades máximas permitidas. Mientras que en una avenida se puede circular hasta 60 kilómetros por hora, en una calle el límite es de 40. La aplicación absoluta de la prioridad por la derecha podía obligar a detenerse a quienes circulaban por una vía principal en cada intersección.
La modificación fue impulsada por la diputada provincial Silvina Vaccarezza, de UCR-Cambio Federal, y sancionada por el Senado bonaerense el 6 de octubre. La legisladora sostuvo que la iniciativa busca “otorgar claridad y seguridad jurídica ante un vacío legal existente”.
La prioridad por la derecha sigue vigente en otros cruces
La reforma no elimina la regla general: en una intersección entre vías de igual jerarquía, debe ceder el paso quien llega por la izquierda, salvo que exista alguna de las excepciones previstas por la normativa.
Entre esas situaciones se encuentran los cruces con señalización que establece otro orden de paso, la circulación de trenes y el paso de vehículos de emergencia que utilizan las señales de advertencia correspondientes.
- Rotondas: quien ingresa debe ceder el paso a los vehículos que ya circulan dentro de ella.
- Calles de tierra y pavimentadas: debe ceder el paso quien circula por la vía de tierra.
- Giros: quien dobla hacia una calle transversal debe esperar a los vehículos que circulan por ella.
- Detención completa: quien se detiene antes de ingresar a una encrucijada pierde la prioridad si otro vehículo llega en movimiento.
- Peatones: conservan la prioridad cuando cruzan o están por cruzar por una senda peatonal o un paso habilitado.
- Filas de circulación lenta: cuando se forman filas en ambas calles de una intersección, el paso debe alternarse, un vehículo por vez desde cada vía.
- Caminos rurales: peatones, ciclistas y jinetes deben ceder el paso a los demás vehículos, salvo que exista señalización que les otorgue preferencia.
- Cuestas estrechas: debe retroceder el vehículo que desciende, excepto cuando lleva acoplado o remolque.
La modificación acerca el criterio bonaerense al que ya se aplica en la Ciudad de Buenos Aires. Para los conductores, la clave es distinguir entre cruces de igual jerarquía, donde se mantiene la prioridad por la derecha, y aquellos en los que una avenida, ruta o autopista tiene preferencia sobre una calle de menor jerarquía.

