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La AFIP reduce la tasa de interés para deudores: ¿Cómo funciona?

La AFIP reduce la tasa de interés para deudores: ¿Cómo funciona?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) redujo las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que se aplican desde el comienzo de abril, para los contribuyentes que deben regularizar sus deudas tributarias.

 De esta manera, el organismo impositivo dispuso que las tasas de interés resarcitorio se reducirán a partir del 1° de abril y hasta el 31 de mayo, al 12,07% mensual, desde el anterior 15,27%, y la de interés punitorio al 13.93% mensual, desde el anterior 17,62%.


   En los considerandos de la medida, el Ministerio de Economía explicó que adecúa las tasas "a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático".


¿Cómo se calculan las tasas de interés resarcitorio y punitorio?.


 El Ministerio de Economía estableció, por medio de la resolución 3/2024, la forma en que se calcularán las tasas de interés resarcitorio y punitorio.


Al respecto, determinó que las tasas de interés resarcitorio y punitorio por deudas en pesos será la efectiva mensual equivalente a 1,3 veces y 1,5 veces, respectivamente, a la Tasa Activa Efectiva Mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.


   Cuando las obligaciones de que se trate se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares, las tasas aplicables serán de 0.83% mensual cuando se trate de intereses resarcitorio y de 1% mensual cuando sea interés punitorio.

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CONVOCATORIA


La Comisión Directiva convoca a los Sres. Socios del Círculo Médico de San Isidro a la Asamblea Anual Ordinaria que se realizará el día viernes 25 de septiembre de 2026, en Alsina 167 – San Isidro, a las 12:30 horas en primera convocatoria y a las 13:00hs. en segunda convocatoria, con cualquier número de asociados, siempre que sea mayor de once, si en la primera no se lograse el quórum estatutario para considerar el siguiente:


ORDEN DEL DIA



  1. Designación de dos socios para firmar el acta

  2. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas

  3. Consideración de la Memoria, Balance y Anexos, correspondientes al Ejercicio Nº 65 cerrado el 30 de junio de 2026.