06.10.2026 - 23:41 | Policiales / Tigre

Nordelta: por qué la Defensoría pidió una imputación más grave para el vecino que disparó contra un carpincho

La Defensoría del Pueblo bonaerense solicitó a la Fiscalía de Benavídez que evalúe aplicar la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre, además de las figuras de maltrato y crueldad animal ya incorporadas a la investigación.

La Defensoría pidió investigar como delito contra la fauna el ataque a un carpincho en Nordelta

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires pidió que se agrave la investigación contra Sebastián Favre, vecino de Nordelta señalado por haber efectuado disparos en dirección a un carpincho. El organismo solicitó a la UFI N°1 descentralizada de Benavídez que evalúe una imputación por un posible delito contra la fauna silvestre, que podría contemplar hasta tres años de prisión en su modalidad agravada.


La presentación fue realizada ante el fiscal Cosme Iribarren y plantea la aplicación del artículo 25 de la Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna, además de las figuras de maltrato y crueldad animal previstas en la Ley 14.346, que ya forman parte de la investigación.


Uno de los puntos centrales del planteo es que, según la Defensoría, no sería necesario comprobar que alguno de los disparos alcanzó a un carpincho para analizar el hecho bajo la legislación de protección de la fauna silvestre.


Qué plantea la Defensoría


El organismo, a cargo de Guido Lorenzino, sostiene que el Código Rural bonaerense contempla una definición amplia del acto de caza. En particular, menciona el artículo 265, que considera como tal toda técnica destinada a “buscar, perseguir, acosar, apresar o matar animales silvestres”.


A partir de esa definición, la Defensoría sostiene que la eventual ausencia de un animal herido o muerto no sería suficiente, por sí sola, para descartar la relevancia jurídica de los disparos.


El documento presentado ante la Fiscalía también señala que el carpincho no figura entre las especies cuya caza está habilitada en la provincia de Buenos Aires y que, por ese motivo, se encuentra alcanzado por el régimen bonaerense de protección de la fauna.


Otro aspecto que pidió evaluar es el lugar donde fueron efectuados los disparos. El Código Rural establece prohibiciones específicas para la caza en áreas urbanas o suburbanas y en sectores que habitualmente son concurridos por público.


Una posible pena de hasta tres años


El artículo 25 de la Ley 22.421 establece penas de entre dos meses y dos años de prisión, además de hasta cinco años de inhabilitación especial, para quien cace animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización esté prohibida o vedada.


La escala puede aumentar, en los supuestos agravados previstos por la normativa, hasta tres años de prisión y diez años de inhabilitación.


La Defensoría del Pueblo bonaerense considera que el caso podría quedar comprendido dentro de esa figura agravada y plantea, además, una posible inhabilitación para la utilización de armas de caza.


El organismo aclaró que se trataría de un delito excarcelable, aunque sostuvo que una eventual sanción “resultaría ejemplificadora”.


La solicitud busca así que la Fiscalía determine si el episodio ocurrido en Nordelta debe ser analizado también desde la legislación específica de protección de la fauna silvestre, además de las figuras de maltrato y crueldad animal que ya integran la investigación.