La Justicia de San Isidro condenó a una clínica privada y a un ginecólogo por mala praxis y ordenó el pago de más de $11 millones a una mujer que quedó embarazada tras someterse a una ligadura de trompas.
El fallo fue dictado por el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 6, que responsabilizó a los demandados por daño moral y negligencia médica, luego de comprobar que la intervención no se realizó conforme a los estándares requeridos.
La causa se originó tras un embarazo no planificado, ocurrido pese a que la paciente se había sometido al procedimiento con el objetivo de no tener más hijos.
Una ligadura que falló
Según consta en el expediente, la mujer —que ya era madre de dos hijos y contaba con antecedentes de salud— decidió realizarse la ligadura en 2008, durante una cesárea, por recomendación del profesional.
Tras la intervención, el médico le explicó las características del procedimiento y la complejidad de la cirugía, aunque la paciente confiaba en su eficacia como método anticonceptivo.
Sin embargo, tres años después volvió a quedar embarazada. Su tercera hija nació en 2011 por cesárea, momento en el que se le practicó una nueva ligadura.
El reclamo judicial
La paciente inició acciones legales contra el médico y la clínica al considerar que la operación no había sido realizada correctamente. En su demanda reclamó daño moral, perjuicios psicológicos y gastos médicos, entre otros conceptos.
Sostuvo que había confiado en el procedimiento como una solución definitiva y que el resultado alteró su proyecto de vida.
La defensa de los demandados
Durante el proceso, el profesional negó haber garantizado la efectividad absoluta de la intervención y afirmó que la paciente había firmado el consentimiento informado, donde se detallaban los riesgos y posibles fallas.
La clínica, por su parte, respaldó el accionar del equipo médico y la información brindada.
Qué determinó la Justicia
Tras analizar la historia clínica, la pericia médica y la documentación incorporada a la causa, la jueza concluyó que la intervención presentó una falla determinante.
De acuerdo al fallo, la ligadura bilateral no se realizó correctamente, ya que solo una de las trompas fue efectivamente ligada, lo que permitió el embarazo posterior.
En ese sentido, la magistrada consideró que existió falta de diligencia profesional, lo que configuró un caso de mala praxis.
La indemnización
La sentencia estableció una compensación de:
- $10.000.000 por daño moral
- $780.000 por tratamiento psicológico
- $100.000 por gastos médicos
A estos montos se suman intereses y costas del proceso, lo que eleva el total por encima de los $11 millones.

