La reforma laboral en Argentina volvió a entrar en vigencia y reabre cambios concretos en el día a día de trabajadores y empresas: desde la posibilidad de extender la jornada a 12 horas hasta nuevas reglas para indemnizaciones, huelgas y contratos.
La medida se activó tras el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que otorgó efecto suspensivo a la apelación del Estado y dejó sin efecto la cautelar que había frenado 82 artículos clave de la norma.
De esta manera, los cambios vuelven a regir mientras la Justicia define la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la ley.
Derecho a huelga con más restricciones
La reforma establece que durante una huelga los servicios esenciales deberán garantizar un 75% de funcionamiento, mientras que los considerados trascendentales deberán cubrir al menos el 50%.
Además, amplía las actividades alcanzadas —incluida la educación— y exige que las asambleas de trabajadores cuenten con autorización previa del empleador.
Indemnizaciones con nuevos cálculos y pagos en cuotas
Uno de los cambios más sensibles es la modificación del cálculo indemnizatorio. Se excluyen conceptos como aguinaldo, vacaciones, propinas y premios, y se fija un tope de hasta tres veces el salario promedio del convenio.
También se habilita el pago en cuotas:
- 6 cuotas para grandes empresas
- 12 cuotas para pymes
A esto se suma la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con aportes patronales.
Jornada laboral de hasta 12 horas
La normativa permite extender la jornada diaria de 8 a 12 horas, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas entre turnos.
Además, introduce el sistema de “banco de horas”, que permite compensar horas extras con francos en lugar de pago adicional.
Cambios en salarios y formas de pago
Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ajustarse según productividad o mérito. También se habilita el pago en distintas formas, como dinero, alimentos o vivienda.
En paralelo, se limita el uso de billeteras virtuales para el pago de sueldos, que deberán canalizarse a través de bancos.
Vacaciones más flexibles
Las vacaciones deberán otorgarse entre octubre y abril, aunque podrán acordarse fuera de ese período. También se permite fraccionarlas, siempre en bloques de al menos 7 días.
Antigüedad y reingresos
La antigüedad se computará desde el inicio efectivo de la relación laboral, incluyendo contratos previos y reingresos dentro de un plazo de hasta tres años.
Aportes y cuota sindical
Se mantiene la contribución a obras sociales del 6%, mientras que la cuota sindical obligatoria tendrá un tope del 2% del salario y un límite de duración de dos años.
Convenios colectivos y mayor poder de empresa
La reforma prioriza los convenios por empresa sobre los sectoriales y habilita al Gobierno a intervenir en acuerdos vigentes si considera que generan distorsiones económicas.
Trabajadores de plataformas
Se crea la figura del repartidor independiente, estableciendo que su vínculo no será considerado relación de dependencia, sino un contrato autónomo.
Fin de estatutos especiales
Se eliminan estatutos de distintas actividades y se establece que el régimen del periodista profesional perderá vigencia el 1 de enero de 2027.

