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Tigre: Un fallo judicial respalda la medida de Caputo contra las tasas municipales en facturas

Tigre: Un fallo judicial respalda la medida de Caputo contra las tasas municipales en facturas
El juez Oscar Alberto Papavero desestimó el amparo presentado por Julio Zamora, intendente de Tigre, contra la Resolución 267/2024 del Ministerio de Economía. El fallo respalda la medida del ministro Luis Caputo que prohíbe incluir tasas municipales en las facturas de luz y gas.

El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, a cargo del juez Oscar Alberto Papavero, rechazó un amparo presentado por el intendente de Tigre, Julio Zamora, que buscaba declarar inconstitucional la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.


La medida prohíbe la inclusión de las tasas municipales en las facturas de servicios públicos como luz y gas, un fallo que marca un avance para el ministro Luis Caputo en su disputa contra los municipios bonaerenses.


El municipio de Tigre había solicitado que se mantuvieran los cobros de la Tasa de Alumbrado en las facturas de Edenor y la Contribución Especial por el uso de la red de gas natural en las facturas de Naturgy BAN S.A. Sin embargo, la Resolución 267/2024 prohibió la inclusión de estos cargos en las facturas de servicios públicos, lo que generó el rechazo de varios intendentes bonaerenses.


En su fallo, el juez Papavero destacó que la medida tomada por la Secretaría de Industria y Comercio no resultaba arbitraria ni ilegal. El magistrado consideró que la resolución fue emitida por una autoridad competente dentro de sus atribuciones y que no se demostró que la medida vulnerara los derechos del municipio ni que se desconociera su potestad tributaria.


La resolución judicial también resaltó que los municipios deben encontrar mecanismos alternativos para la recaudación de las tasas municipales sin que se incluyan en las facturas de los servicios públicos. Además, el juez Papavero enfatizó que las empresas prestadoras de servicios públicos deben asegurar que las facturas solo incluyan los cargos correspondientes a los servicios contratados por los usuarios.


Luis Caputo celebró el fallo en su cuenta de X (anteriormente Twitter), destacando que la decisión judicial respaldaba la medida tomada por su cartera: “La Justicia avaló la medida del Gobierno Nacional que prohíbe incluir tasas municipales en las facturas de servicios públicos", expresó. El ministro también subrayó que el rechazo a los amparos presentados por varios municipios de la provincia de Buenos Aires reafirma la legalidad de la resolución y refuerza la protección de los derechos de los consumidores, tal como lo establece la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.


El intendente Julio Zamora, por su parte, había argumentado que la resolución violaba las leyes provinciales que regulan el cobro de tasas municipales. Se amparó en la autonomía municipal y en las leyes provinciales que ofrecen marcos regulatorios específicos para los servicios eléctricos y de gas. A pesar de su planteo, el fallo judicial ordena a los municipios un plazo de 90 días para encontrar soluciones alternativas que permitan recaudar las tasas sin incluirlas en las facturas de los servicios públicos, siempre respetando las disposiciones de la Ley 24.240.

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