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Procesaron al endoscopista y a la anestesista por la muerte de Débora Pérez Volpin

Procesaron al endoscopista y a la anestesista por la muerte de Débora Pérez Volpin
El juez en lo penal Carlos Bruniard procesó hoy por “homicidio culposo” al endoscopista Diego Bialolenkier y a la anestesista Nélida Inés Puente, considerados responsables de la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin mientras era sometida a una endoscopia el pasado 6 de febrero en el Sanatorio la Trinidad, del barrio porteño de Palermo.
Fuentes judiciales informaron a NA que el juez dictó el procesamiento en contra de ambos profesionales y les fijó un embargo a cada uno de 1.700.000 pesos.

El juez evaluó el estado de salud de la periodista y legisladora porteña y explicó que se acreditó que Pérez Volpin “no presentaba patologías preexistentes de causas inflamatorias, infecciosas, vasculares o neoplásticas idóneas para producir o contribuir a su muerte”.

Sobre el rol del endoscopista Bialolenkier, tuvo en cuenta que las pericias demostraron que hubo perforación del esófago, incluso “en el tercio superior”, lo que provocó una “extensa hemorragia como signo de vitalidad de la lesión”.

“Dicha perforación fue la que permitió el pasaje de gas al mediastino generando neumomediastino, neumopericardio y neumotorax bilateral con la consiguiente sucesión de los hechos”, dijo el juez, y no surge “otra explicación al cuadro que en definitiva presentó la víctima”, según afirmó el magistrado en su fallo al que accedió NA.

“Entiendo que la violación al deber de cuidado por parte del nombrado profesional ha radicado justamente en no haber advertido ni tratado la efracción producida de la mucosa esofágica, que desencadenó el pasaje de gas al mediastino dando lugar al neumomediastino, neumopericardio y neumotórax bilateral, ello a pesar de resultar un riesgo propio del procedimiento, de contar con los elementos que le permitían visualizar dicha lesión, y de haber presentado la paciente los síntomas propios”, concluyó.

“Concuerdo con la conclusión arribada en los informes periciales realizados y considero que el imputado, como consecuencia de un incorrecto manejo del equipo a su cargo, produjo una lesión de tipo instrumental endoscópico en la vía digestiva, que generó el paso de aire a presión en la zona del tórax provocando un barotrauma que derivó en una congestión y edema pulmonar que llevó a la falla cardíaca final de su paciente”, agregó.

En cuanto a la anestestista Puente, el juez valoró que ella “advirtió tardíamente el cuadro que presentaba Pérez Volpin y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final luctuoso”.

“Considero que la médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándose en el equipo que la monitoreaba”, estimó.

Además, evaluó que los testimonios lo hacen “descreer de la diligencia y celeridad en la toma de decisiones en el momento crítico que en su descargo se arroga Puente” pues “no solamente no pudo ejecutar una intubación que otro médico, con el mismo grado de dificultad, logró inmediatamente, sino que como alternativa, demoró incluso la colocación de la máscara laríngea, según sus propias explicaciones en declaración indagatoria”.

“Al bloquear la tráquea, aseguraría que el aire pasase a los pulmones y la oxigenara, en lugar de a las cavidades del cuerpo como ocurrió en su manejo de la paciente hasta ese momento, lo cual debió advertir y no hizo en tiempo oportuno para salvar su vida”, reprochó el juez.

“Cabe resaltar al respecto que los únicos dos médicos que ingresaron en el cuerpo de Pérez Volpin fueron primero Bialolenkier (perforando el esófago a la vez que insuflaba aire) y luego Puente 'bolseando' aire”, concluyó.

De esta manera, procesó a ambos médicos por homicidio culposo y les trabó a cada uno embargos de 1.700.000 pesos.

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