Se trata del otorgamiento de un pago extraordinario por única vez de una gratificación no remunerativa y no bonificable para el personal docente, que llega en medio del conflicto salarial entre el Gobierno provincial y el Frente de Unidad Docente integrado por los sindicatos AMET, FEB, SADOP, SUTEBA, UDA y UDOCBA.
Vidal y sus funcionarios fundamentaron la decisión en el derecho de los niños a recibir una educación en tiempo y contenido adecuados, conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3, 28, 29 y 30.
"(La educación) resulta un derecho entendido como un derecho humano fundamental", dice la resolución y agrega que que la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana de los Derechos Humanos sostienen que la educación de los niños "no puede suspenderse, ya que, de producirse una interrupción en el mismo, afectaría un interés mayor que es el de la comunidad".
La gestión Vidal consideró además conveniente brindar al cuerpo docente los incentivos y reconocimientos necesarios para el mejor servicio educativo, entre ellos, de manera particular, a todos aquellos que no se ausentaron a lo largo de todo el ciclo lectivo del 2017.
Así se fijó "un pago extraordinario por única vez no remunerativo y no bonificable, para aquellos docentes que revistan el carácter de titular, provisional o suplente, que no hayan registrado inasistencias durante el pasado ciclo lectivo 2017".
Y aclara la gestión Vidal que "la relación de empleo supone un compromiso reciproco, obligatorio, continuo, regular, resumido en la efectiva prestación del servicio a cargo del docente y de allí el consiguiente reconocimiento por parte del Estado a través de la presente gratificación, la que asimismo, pretende sentar un precedente para generar un cambio cultural tendiente a mejorar la calidad del servicio y revalorizar la educación".
Vidal determinó que esta gratificación no alcanzará a los docentes que hubieren registrado inasistencias tanto de forma injustificada como bajo el régimen de licencia.