Dicha medida fue confirmada por la Justicia Contencioso Administrativa, con fecha 21 de septiembre de 2005, en los autos “Transportes El Onda S.A. y otros c/Municipalidad de San Isidro s/amparo”, que tramitara por ante el Juzgado Nº 1 de este Departamento Judicial.
Es por ello que las unidades de ninguna línea de transporte de larga distancia, en especial “Transportes El Onda S.A.”, Lipartotti Hnos. S.R.L.”, “Álvarez Hnos. S.R.L.”, “Rutamar S.R.L.” y “Expreso Alberino S.A.” no pueden detenerse ni efectuar ningún tipo de operación en el lugar.
El gobierno municipal alerta a los vecinos que si alguna empresa ofrece tal servicio, sepan que no podrán utilizarlo pues, como se dijo, se encuentra prohibido.
