La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que los jubilados y pensionados pueden designar un apoderado para gestionar o cobrar sus prestaciones. La medida permite delegar trámites administrativos o el cobro de haberes cuando el titular lo necesite.
El organismo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, también indicó que se puede nombrar un representante especial por un plazo determinado cuando el beneficiario esté imposibilitado de movilizarse.
Cómo designar un apoderado en ANSES
Si la persona elegida es un familiar, no es necesario solicitar turno para realizar el trámite. Sin embargo, se recomienda verificar previamente en mi ANSES que los datos del titular y del grupo familiar estén correctamente registrados y actualizados.
Luego, se debe concurrir a la oficina de ANSES más cercana al domicilio con el DNI y la documentación que acredite el vínculo.
¿Quién puede ser apoderado?
Puede ser apoderada cualquier persona mayor de 18 años.
Además del grupo familiar, el titular puede designar:
- Una entidad pública nacional, provincial o municipal.
- Mutuales e instituciones de asistencia social.
- Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
En el caso de personas internadas en establecimientos públicos o privados —como hospitales, sanatorios o asilos— se podrá elegir como apoderado al director o administrador de la institución.
Jubilados que residen en el exterior
Los beneficiarios que viven fuera del país pueden otorgar poder a un banco que disponga de la opción giro al exterior para percibir la jubilación o pensión.
Las entidades habilitadas son:
- Banco de la Nación Argentina
- Banco de la Ciudad de Buenos Aires
- Patagonia S.A.
- Credicoop Cooperativo Ltdo.
- Banco Piano S.A.
- Banco Comafi S.A.

