Lorenzino explicó que el pedido de suspensión también responde a una razón formal, que tiene que ver con que las empresas distribuidoras del servicio no cumplieron con la obligación de informar con antelación cuál es la propuesta de actualización.
En esa línea, el Defensor sostuvo que "este incumplimiento vulnera los derechos constitucionales de acceso a la información, clara y veraz. Además, impide la posibilidad de emitir opinión como así también de realizar un intercambio responsable de ideas".
Según prevé la resolución N°184 del Directorio de ENARGAS, las licenciatarias deben presentar ante dicha Autoridad Regulatoria los cálculos correspondientes al cuadro tarifario propuesto con el objetivo de que se pueda realizar una adecuada valoración considerando el impacto que generan los incrementos en las economías familiares.
Asimismo, la información debe estar disponible para la consulta de los interesados.