La pena recayó en este chofer por considerarlo autor responsable a de las contravenciones previstas en los artículos 83 y 74 del Código Contravencional.
Esta condena fue homologada por la jueza Claudia Alvaro, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas número 16.
Además el fiscal dispuso que para que la condena quede en suspenso, G.E.D.M. no debe usar la aplicación UBER bajo ninguna circunstancia, y además fijar residencia y comunicar a la Fiscalía cualquier cambio de ésta y cumplir con las citaciones o requerimientos que la Fiscalía o el Juzgado hiciere.
La Justicia comenzó a investigar a este chofer al recibir un acta de comprobación hecha por el Gobierno de la Ciudad, en el marco de los controles de transito que se realizan en la vía pública.
Al imputado le fue labrada un acta por transporte ilegal (UBER), que se realizó al haberse constatado que esta persona conducía un vehículo particular marca Renault, modelo Sandero, el 22 de diciembre de 2016, ofreciendo el servicio de socio conductor de UBER.
En el juicio abreviado se comprobó además que había recibido pagos por la suma de 4.361 pesos de UBER a través de la firma Payment SRL por prestar servicios de socio conductor a la empresa.
Además, Lapadú estableció a través de un informe de la Dirección Nacional de Licencias del Gobierno porteño, que a G.E.D.M. se le otorgó el 15 de julio de 2015 licencia para conducir categoría B1, la que autoriza a conducir automóviles, camiones y utilitarios hasta 3.500 kilos de peso, pero no habilita al transporte de pasajeros para lo cual, se requiere contar con licencia categoría D.
"Con esta primer condena a un chofer de UBER, que lo sanciona a penas de arresto e inhabilitación para conducir, queda afirmada en una sentencia condenatoria la ilicitud de las conductas de los choferes de UBER", afirmó el fiscal.
Asimismo, Lapadú explicó que "en la medida que las causas de los choferes de UBER estén en la etapa de investigación, cuando estos sean citados, o se acerquen a la fiscalía de forma espontánea, podrán solicitar esta misma modalidad de juicio abreviado, la cual será evaluada según el caso".
Para el titular de la Unidad de Investigaciones Complejas Oeste, el antecedente condenatorio queda registrado por dos años y el imputado no podrá volver a tener otra pena en suspenso durante ese periodo.
Es importante recordar que la Fiscalía de la Ciudad logró que se bloqueen a nivel nacional las plataformas digitales a través de mlas cuales se accede a los servicios de UBER.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad resolvió que se dé lugar a la solicitud del fiscal Martín Lapadú, quien lleva adelante la investigación contra la firma UBER Argentina.