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Ordenan mantener cobertura a pesar de divorcio con afiliada

La Cámara en lo Civil y Comercial ordenó a una obra social seguir brindando cobertura médica a un diabético cuya solicitud había sido rechazada tras divorciarse de la afiliada a la entidad asistencial.
Fuentes judiciales confirmaron hoy que la medida cautelar fue dictada a favor de H.D.R., un paciente que según los profesionales que lo atienden, debe ser tratado con insulina.

R. expuso que su afiliación se produjo en 1982, como integrante del grupo familiar de su cónyuge -quien trabajaba en una dependencia pública-, y que fue dado de baja en octubre de 2007 al decretarse el divorcio de la pareja.

Entonces el demandante solicitó a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación su ingreso como adherente, ofreciendo pagar la cuota mensual.

El pedido fue rechazado en primera instancia con el argumento de la parte demandada, quien dijo tener la facultad de aceptar o no la solicitud de adhesión.

Al resolver en segunda instancia, el tribunal tuvo en cuenta el derecho a la salud y el peligro que podría ocasionar la interrupción del tratamiento del diabético a quien, además, "le sería difícil, en su actual situación, acceder a otra cobertura similar a la que contaba al momento de su baja".

La Sala III de la Cámara agregó que "no basta con señalar que la posibilidad de incorporar beneficiarios adherentes resulta facultativa del ente", sino que también hay que evaluar los antecedentes del afiliado, su estado de salud y las consecuencias que la negativa puede tener.

"Resulta prudente y aconsejable disponer cautelarmente la afiliación provisoria del actor (R.) como adherente en el plan requerido, hasta tanto se decida definitivamente la materia" sometida a juicio, afirmaron los camaristas Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Eduardo Vocos Conesa.

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