La medida fue justificada en “la grave situación económica que atraviesan estas entidades, a raíz de los incrementos tarifarios en los servicios públicos y la retracción económica”.
La emergencia, que podrá ser prorrogada por un año, considera como “Club de Barrio y Pueblo a aquellas entidades de bien público que tengan por fin el desarrollo de actividades deportivas no profesionales y/o culturales de las comunidades en las que se emplacen”.
La norma señala que durante ese plazo “el Poder Ejecutivo, deberá maximizar los esfuerzos para crear programas de promoción, fortalecimiento y sostenimiento económico” de los clubes y para ello autoriza “modificaciones presupuestarias”.
En el artículo 4 sostiene que “mientras transcurra la emergencia en el territorio bonaerense, las prestadoras de servicios públicos no podrán interrumpir el suministro de las prestaciones por deudas, moras o falta de pago”.
Finalmente, el proyecto crea una Comisión Bicameral, cuya misión será “el seguimiento de los procedimientos y políticas que se implementen”, la que estará integrada por cinco diputados y cuatro senadores.