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Burger King suma un reservorio a su predio de San Isidro

Burger King suma un reservorio a su predio de San Isidro
La cadena de comidas rápidas se suma a la nueva normativa del Municipio que establece que las empresas privadas deben tener espacios de acumulación de agua de lluvia para evitar inundaciones en las zonas periféricas.
Con el objetivo de prevenir inundaciones ante lluvias extraordinarias, San Isidro lleva adelante la construcción de 25 reservorios en distintos puntos del distrito.

Al mismo tiempo, puso en marcha una iniciativa que estipula que las empresas o emprendimientos privados que realicen nuevos proyectos de construcción, deberán dedicar un espacio a la acumulación de agua de lluvia.

Burger King fue una de las primeras empresas en realizar la obra. El predio, ubicado en el cruce de las avenidas Fondo de la Legua y Diego Cárman, ya tiene en pleno funcionamiento un reservorio que capta 160 mil litros de agua.

“La norma me parece excelente. Es muy importante que los privados se unan con los municipios para trabajar por un motivo en común: el bienestar de la gente”, expresó Pablo Carafí, Director de Desarrollo Comercial Retail de Alsea Argentina, empresa encargada de representar y operar a la famosa cadena de comidas rápidas en el país.

A su lado, tras recorrer la obra, el intendente Gustavo Posse, comentó: “Esta norma es beneficiosa por donde se la mire. Contribuye al cuidado del ambiente, previene inundaciones y, por ende, mejora la calidad de vida de todos los vecinos”.

El condominio Pasionaria del Grupo Monarca (Entre Ríos y Talcahuano, Martínez) y la compañía tabacalera Nobleza Picardo (Martínez) son otros dos emprendimientos que ya se sumaron a esta normativa.

“Las empresas con reservorios con una capacidad de almacenamiento mayor a 100 mil litros deben reutilizar el agua para riego o limpieza. Buscamos generar conciencia, no solo que cumplan con la norma”, concluyó el arquitecto Diego Augusto, Director General de Ordenamiento Urbano del Municipio.

Acerca de la ordenanza
La ordenanza (aprobada en 2013), recientemente incorporó una modificación de un artículo al Código de Ordenamiento Urbano (COU) bajo el título de “sistemas reguladores y retardadores de aguas de lluvia”.

“Los proyectos que impliquen una reducción considerable del terreno absorbente deberán incluir sistemas estancos, retardadores, reguladores y/o de reserva de aguas pluviales, provenientes de las superficies no permeables, a fin de compensar la impermeabilización del terreno” precisó Augusto.

Qué características deberá tener el reservorio
Dependiendo de la magnitud del emprendimiento, se determina la capacidad del que deberá tener el reservorio. El Municipio, mediante sus oficinas técnicas ha desarrollado un sistema para el cálculo del volumen de agua, teniendo en cuenta los regímenes de lluvia y las zonas bajas del partido.

Reutilización del agua de lluvia
En el caso de los proyectos de gran envergadura, donde el volumen resulte mayor a 10 metros cúbicos, deberán además reutilizar el agua de lluvia, por ejemplo: para riego, limpieza y/o descarga de inodoros, entre otros.

“Esta norma es una importante incorporación al COU que tiene el Municipio referente al compromiso con medio ambiente y la sustentabilidad”, sostuvo Augusto.

“El objetivo del Municipio es generar compromiso y conciencia entre los mismos profesionales que diseñan las obras más allá de que deben cumplir con una norma”, concluyó el funcionario.

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