Según la norma, los cambios comenzarán a regir a partir del 1 de marzo.
En los considerandos, el decreto sostiene que "es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
Los nuevos valores son: Ganancias no imponibles: $ 15.552 anuales Cargas de familia Cónyuge: $ 17.280 anuales Hijo: $ 8.640 anuales Descendiente en línea recta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; por cada ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra); por cada hermano o hermana menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; por el suegro, por la suegra; por cada yerno o nuera menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo: $ 6.480 Deducción especial: $ 15.552