La resolución se dictó en el marco de una causa iniciada por la Dirección General Inspección del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del gobierno porteño ante la aparición de volantes adheridos improvisadamente en la vía pública, en los que se ofrecía sexo y un teléfono de contacto.
El organismo comunal aludió a "la fijación indebida de anuncios publicitarios en distintos mobiliarios urbanos, y en virtud de haberse intentado localizar al infractor se pudo inducir la posible infracción a la ley de profilaxis”, motivo por el cual el juzgado correccional interviniente dispuso "tareas de inteligencia".
Así se identificó que los teléfonos estaban a nombre de tres mujeres mayores de edad y que, en el departamento donde se concertaban los encuentros, se ofrecían "servicios" sexuales con distinta tarifa, que iba desde los 80 a los 200 pesos, según la duración de la relación.
"No surgen motivos para presumir que en el domicilio citado se esté violando la ley de profilaxis”, sostuvieron los magistrados que añadieron que “sólo puede deducirse que en el lugar habría tres mujeres que estarían brindando servicios sexuales a cambio de dinero”.
En ese sentido, explicaron que "la actividad que allí se desarrollaría sería lícita, toda vez que no existe ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote, promueva o facilite la prostitución”.