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Cromañon: Callejeros y Chabán incluídos en demandas por indemnización

El gerenciador de Cromañón Omar Chabán y los integrantes del grupo Callejeros
fueron incluidos como demandados por daños y perjuicios en distintas querellas iniciadas por víctimas del incendio de ese boliche del barrio porteño de Once en busca de una indemnización.
La decisión fue tomada por la sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que aceptó sendos planteos del Estado Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires para que también Chabán y Callejeros respondan eventualmente si hay condena.

Los camaristas advirtieron que si bien los músicos de Callejeros fueron absueltos en el juicio penal por la tragedia, sí podrían tener que responder en lo civil.

Callejeros se trató de un grupo "que no sólo se limitó a realizar un recital sino que tuvo una participación activa en la organización del espectáculo, que excede la mera aceptación de una propuesta en lo que concierne tanto al lugar como a las características del evento", advirtió el fallo.

Esto "es indicativo de que no se trató simplemente del aspecto artístico, cabe concluir que es necesaria su presencia en el proceso para determinar el grado de responsabilidad que puede caberle a cada uno en caso de que prospere la demanda", agregaron los camaristas Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández.

Por ello resolvieron incluir a Callejeros aunque el grupo fue absuelto por el Tribunal Oral en lo criminal 24 que condenó a Chabán a 20 años de prisión y a 18 al manager del grupo Raúl Villarreal, en un veredicto que actualmente es revisado por la sala III de la Cámara Nacional de Casación penal.

Las causas fueron iniciadas por daños y perjuicios contra distintos organismos estatales y de la Ciudad por sobrevivientes del incendio del 30 de diciembre de 2004 que causó 193 muertos.

"Teniendo en cuenta que la reparación perseguida tiene fundamento en las consecuencias dañosas producidas por el incendio, es necesario partir de las circunstancias que lo provocaron: el uso de pirotecnia, las infracciones en materia de seguridad como la existencia de material inflamable y de elementos tóxicos en el lugar, el exceso de concurrentes, el ingreso de menores, etc.", enumeró el fallo.

Por ello remarcaron que la hora de fijar indemnizaciones y sobre quien deben recaer "hay que evaluar la conducta de quienes deberían haber tomado los recaudos del caso para prevenir los resultados conocidos como así también de los que contribuyeron a que se produjeran una serie de irregularidades que permitieron que se desatara el incendio y los posteriores daños".

También es necesario evaluar eventuales culpas de "quienes impulsaron y desarrollaron un evento de las características conocidas en un lugar que no era apto para esa finalidad", concluyeron.

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