Artículo 11: El blanqueo de trabajadores libera a la PYME de infracciones, multas y sanciones y, en el caso de los primeros 10 empleados, de las deudas previsionales, cuotas sindicales y de obra social. Los trabajadores incluidos tendrán derecho a un reconocimiento de aportes y de servicios de hasta 60 meses.
Artículo 12: A partir del décimo primer empleado blanqueado la empresa deberá pagar las deudas por jubilaciones y obras sociales para lo cual tendrá un plan de facilidades a un 6 por ciento anual de interés.
Artículo 13: Se permite incluir deudas en disputa administrativa o judicial siempre que la empresa desista de su reclamo.
Artículo 14: El blanqueo del trabajador se tendrá que llevar a cabo dentro de los seis meses de la publicación de la ley.
Artículo 15: Se dispone que la AFIP y los organismos comprendidos no labren actas de infracción contra las empresas que regularicen sus empleados, y se invita a la ciudad de Buenos Aires y las provincias a adherir al régimen.
Artículo 16: Los empleadores que inicien una nueva relación o regularicen un empleado tendrán descuentos por 24 meses en sus contribuciones al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, al PAMI, el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de Asignaciones Familiares y el Registro Nacional de Trabajadores Rurales. El beneficio será del pago del 50 por ciento en el primer año, y del 75 en el segundo.
Artículos 18 y 19: Dispone como excepciones: los trabajadores declarados ante el régimen de Seguridad Social antes de la ley y que sigan trabajando para el mismo empleador, los despedidos y recontratados por el mismo empleador dentro del plazo de un año, y el nuevo trabajador que sea contratado para ocupar la vacante de otro que fue despedido.
Artículos 20 y 21: Se dispone que el empleados pierda los beneficios en caso de comprobarse infracciones a la ley Artículo 22: Se dispone que los aportes jubilatorios de los nuevos trabajadores comprendidos en el régimen vayan al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Artículo 23: El plan de fomento al empleo tendrá una vigencia de 12 meses, y será prorrogable por el Poder Ejecutivo.