edición 7361 - visitas hoy 29141

elcomercioonline.com.ar Noticias Zona Norte

Noticias Zona Norte

Actualizan criterios para el uso de la gratuidad del transporte para discapacitados en provincia de Buenos Aires

El gobierno de la provincia de Buenos Aires actualizó la normativa para el uso pleno del derecho a gratuidad del transporte para las personas con discapacidad, informó la Secretaría de Servicios Públicos.
Además, el Gobierno exige a las empresas prestadoras de servicios y a las agencias que expenden boletos la exhibición en lugar visible en sus boleterías, terminales y en el interior de todas sus unidades las “Reglas de Accesibilidad”, donde se enuncian los derecho y obligaciones concernientes a personas con discapacidad.

También se establecieron en detalle las características, usos y funciones del Pase Multimodal, una credencial con la que las personas con discapacidad pueden acceder al transporte público municipal y provincial.

La norma expresa con claridad y de forma univoca los principales puntos y beneficios del Programa de accesibilidad al transporte de pasajeros, elaborado por la Agencia Provincial del Transporte y la Secretaría de Servicios Públicos, que tiene como meta la eliminación de las barreras que en dicho servicio se puedan presentar.

La normativa promueve garantizar el uso pleno del derecho a gratuidad de transporte a las personas con discapacidad y establece también que el “Pase Multimodal” otorgado por la Agencia es el único requisito exigible para acceder a dicho derecho.

En el articulado además se indica que las empresas y las agencias que expidan pasajes de sus servicios, estarán obligadas a entregar a la persona con discapacidad el pasaje de ida y de regreso y en caso de encontrarse cubierto el cupo, se informará por escrito al solicitante, el nombre, apellido y número de pase de los pasajeros que ocupan el servicio; fijando la reserva para el servicio inmediato posterior.

Y dispone que el llamado “pase con acompañante” permite al titular optar por ser acompañado por otra persona a la que se le extenderá el beneficio de gratuidad; pudiendo viajar solo cuando a su criterio no resulte imprescindible ser auxiliado por otro.

En el mismo artículo se establece que para detentar la condición de acompañante no podrán establecerse límites de edad.

Últimas Noticias