En la sentencia que se encuentra firme, se decide sobreseer en forma total a Carlos Osvaldo Roberto y rechazar la solicitud de inconstitucionalidad presentada por el Empresario de los Art. 72 y 85 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e imponer al querellante el pago total de costas y gastos del proceso.
A través de este tipo de acciones judiciales se pretendió presionar a los Concejales que cuestionaban a la gestión del Intendente Municipal Enrique García, para que no investiguen la misma, debiéndose tener en cuenta que contaban con una mayoría automática de 20 concejales, entre los propios y los cooptados con algún tipo de privilegios, considerando que el Empresario era en esos años, uno de los principales constructores, proveedor del Municipio y de las obras de la Fundación Empresaria.