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Avanza la reforma para agilizar las causas penales en la provincia

Los proyectos de ley que tienen por objetivo agilizar el trámite de las causas penales en la provincia de Buenos Aires y descomprimir el cúmulo de expedientes que se encuentran en el Tribunal de Casación, fueron aprobados hoy por la Cámara de Diputados bonaerense.
Las iniciativas que habían sido enviadas por el Poder Ejecutivo, que modifican el Código de Procedimiento Penal de la provincia, serán tratadas la semana próxima en el Senado, dijeron a Télam fuentes legislativas.

Uno de los proyectos aprobados hoy, acota la competencia que tiene el Tribunal de Casación que, a partir de la sanción de esta norma, sólo revisará sentencias de los Tribunales Criminales, es decir los que juzgan los delitos graves.

También, Diputados dio media sanción y remitió al Senado la iniciativa que lleva a todos los departamentos judiciales la posibilidad de habilitar el denominado proceso de "flagrancia", previsto en forma rápida para los delitos con penas que no superen los 15 años.

Las decisiones de los juzgados correccionales cuya competencia es para delitos menores, no llegarán más al Tribunal de Casación ya que se estableció que la apelación deberá hacerse antes las Cámaras de Apelaciones del departamento judicial que le corresponda.

Con esta iniciativa, el Poder Ejecutivo busca aliviar el colapso que se produjo en el Tribunal de Casación Bonaerense que cuenta con 7.000 expedientes para su tratamiento.

El diputado del FPV, Marcelo Feliú, explicó durante el debate de la ley que con estas modificaciones, Casación "sólo revisará las causas de mayor complejidad determinadas por la cuantía de la pena", mientras que las Cámaras de Apelaciones departamentales "serán la segunda instancia de los juzgados correccionales".

El legislador detalló además que se introdujo también la institución del "certiorari", una figura que la habilita a la Suprema Corte de Justicia a rechazar recursos que llegan a su órbita basándose en jurisprudencia emitida en una causa análoga, por lo tanto, sin necesidad de fundamentación.

"Con esto evitamos que lleguen a la Corte recursos que sólo son presentados para dilatar la marcha del proceso penal", fundamentó Feliú.

Diputados aprobó también y giró al Senado el proyecto que extiende a toda la provincia el denominado proceso de "flagrancia" por el cual en un muy breve lapso el autor de un delito puede tener sentencia.

El mecanismo, que se implementaba en 11 de los 18 departamentos judiciales, consiste en un proceso muy breve de acusación y sentencia que prevé un plazo máximo de 60 días para delitos cuya pena máxima prevista no supere los 15 años de prisión.

Establece que al detenido en flagrancia, en el momento de la persecución y captura, se lo lleva ante el fiscal, quien le hace conocer la acusación.

En un plazo máximo de 5 días de la detención de la persona se realizará la primera audiencia en la que el juez puede resolver la excarcelación, sobreseimiento, decidir la prisión preventiva, o las partes acordar suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado.

De no haber acuerdo entre las partes, o de no haber dictado sobreseimiento, el juez resuelve si mantiene detenida a la persona y convoca a una segunda audiencia de finalización del proceso en flagrancia dentro de los 20 días siguientes.

En esta segunda audiencia las partes tienen nuevamente la posibilidad de llegar a un acuerdo. De no ocurrir esto la causa se eleva a juicio, que deberá realizarse dentro de los 60 días.

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