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El Gobierno defendió el proyecto del doble apellido

El ministro de Justicia y Seguridad dijo que busca "darle mayor seguridad al menor" al tener el apellido del padre seguido por el de la madre. La iniciativa también elimina la preposición "de" para la mujer y permite al marido llevar el apellido de la esposa.
Si el Congreso aprueba el proyecto de ley del ministro Aníbal Fernández, será obligatorio el uso del doble apellido –madre y padre-, se eliminará la preposición "de" para el caso de las mujeres que lleven el del marido y los hombres podrán optar por utilizar el apellido de sus esposas.

Esta mañana, el titular de la Cartera de Justicia y Seguridad salió a defender su iniciativa. Dijo que busca "darle una mayor seguridad al menor" para que efectivamente sea inscripto, y atenuar las posibilidades de que el chico sea "traficado u objeto de la trata" de personas.

El funcionario reconoció que "el problema se presenta cuando se trata de una madre soltera". En ese caso, señaló, la nueva ley contempla dos posibilidades: "Tomar los dos apellidos de la madre, es decir, si se llama González Fernández, el chiquito se llamará González Fernández, o puede repetir el apellido de la madre 'González González'".

"Lo del apellido lo que busca es ser generoso en cuanto a la inscripción del menor; lo que hay que mirar es cómo se hace para darle una identificación mayor que permita un elemento más -no significa que sea la solución definitiva- en cuanto a las posibilidades de ser traficado, de ser objeto de la trata el menor", sostuvo el ministro.

El proyecto, que podría ser tratado en las próximas sesiones, intenta actualizar la actual ley 18.248 y adecuarla a la de otros países. Para Fernández, "elimina la discriminación respecto del género, es decir, no va a existir más la obligatoriedad de escribir el nombre del cónyuge seguido de la preposición 'de'", como en la actualidad rige para la mujer".

"Hoy (la esposa) se podrá llamar Fernández de González, mañana puede ser Fernández González, será indistinto", explicó. Y agregó que, de la misma manera, "el marido puede ponerse el apellido de la mujer" si así lo desea.

En cuanto al proyecto que obliga a inscribir al recién nacido con el apellido de ambos progenitores, el ministro especificó que "lo que nosotros buscamos con la Ley del Nombre, por un lado, y con la ley 8204, por el otro, es darle una seguridad mayor al menor".

"El documento más importante del recién nacido –continuó Fernández- no es la partida de nacimiento, es un simple documento interno que se llama F1, en donde el médico dice este chiquito es hijo de esta señora porque yo acabo de atenderla, doy fe que esto es así".

"Qué hicimos nosotros con esta modificación?", se preguntó el ministro. Y respondió: "Bueno, que ese F1 que firma el médico no se le va a entregar más al padre, sino directamente al Registro Civil. Usted tiene 40 días para inscribirlo, si usted no lo inscribió, el Registro Civil lo inscribe de oficio, con lo cual no habrá más chicos sin estar inscriptos".

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