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A partir de Junio, las Tasas de Interés de las Deudas con la AFIP Bajarán a la Mitad

A partir de Junio, las Tasas de Interés de las Deudas con la AFIP Bajarán a la Mitad
La AFIP reducirá las tasas de interés resarcitorios y punitorios para deudas fiscales en casi un 50%, debido a la baja de la inflación y la política monetaria.

A partir de junio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reducirá a la mitad las tasas de interés que cobra por las deudas fiscales. La tasa de intereses resarcitorios por la falta de pago de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras disminuirá del 12,7% al 6,41% mensual para el bimestre junio/julio 2024.


Esta reducción es consecuencia de la baja en la inflación, que ha permitido ajustar la tasa de política monetaria y, en consecuencia, las tasas de interés de los bancos. Específicamente, la tasa que fija la AFIP para el próximo bimestre depende de la "tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitados previamente" que aplica el Banco Nación Argentina (BNA), la cual se redujo al 4,931% mensual el pasado 17 de mayo.


Según la Resolución (MEC) 3/2024, la tasa de interés que cobra la AFIP será equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitados previamente del BNA, vigente el día 20 del mes anterior al inicio del bimestre. Por ello, se espera que la tasa de interés resarcitorio sea de 6,41% mensual.


Esta disminución implica una reducción del 49,54% en los intereses resarcitorios, mientras que la tasa de intereses punitorios bajará del 13,93% al 7,39% mensual, es decir, un 46,95%.


El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, afirmó: "A pesar de esta significativa baja, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera. Esto busca evitar que algunos contribuyentes se financien con los impuestos y realicen inversiones con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas".


Por su parte, el contador Marcos Felice opinó: "Es altamente positivo que bajen las tasas de interés por deudas con la AFIP, pero sería mejor que se modifique la tasa de referencia para el cálculo, considerando la tasa activa de cartera general o la de adelanto descubierto, que son menores y beneficiarían a los contribuyentes afectados por la recesión".


Beneficios para PyMEs y Entidades sin Fines de Lucro:


Domínguez también destacó que las micro, pequeñas y medianas empresas, así como los pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, tienen acceso a planes de pago con reducciones de la tasa de interés resarcitorio en un 40% y 50%. En estos casos, el rendimiento financiero de las inversiones podría ser similar o ligeramente superior a la tasa de intereses resarcitorios.


Sin embargo, remarcó que "sigue siendo una asignatura pendiente que el Ministerio de Economía fije la misma tasa de interés para las devoluciones y acciones de repetición de los contribuyentes", algo que no ocurre actualmente y representa un perjuicio debido al nivel inflacionario.


"No es justo que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora en efectuar las devoluciones", concluyó Domínguez.

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