Se trata de un proyecto de Ley que modifica el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, presentado por el senador de Juntos por el Cambio, Juan Pablo Allan, y el acompañamiento de sus pares del mismo bloque Andrés De Leo y Walter Lanaro.
La iniciativa busca modificar el artículo 231 bis del Código Procesal Penal bonaerense que establece que "el Agente Fiscal o el Juez podrán ordenar provisionalmente la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble al damnificado, cuando el derecho invocado por el peticionante fuera verosímil”.
En el mismo sentido agrega que “el pedido de restitución podrá ser presentado por la víctima o el particular damnificado directamente ante cualquiera de tales órganos".
El proyecto establece también que “la resolución que disponga la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble será apelable en el plazo de cinco días, sin efecto suspensivo”.
“Mediante los cambios sugeridos se pretende consagrar en nuestro ordenamiento procesal penal instrumentos que tiendan a agilizar los procedimientos de restitución de los inmuebles usurpados a quienes hayan sido víctimas de tales delitos, para garantizar cabalmente sus derechos y al mismo tiempo hacer cesar lo antes posible los efectos del delito en cuestión”, fundamentaron los legisladores.