Así, sustituyó el artículo 19 de la ley de Acceso a la Información, que decía: "La rectificación, actualización o supresión de datos personales inexactos o incompletos que obren en registros públicos o privados se efectuará sin cargo alguno para el interesado".
El decreto también cambió el inciso a) del artículo 24, cuyo texto original indicaba que "los particulares que formen archivos, registros o bancos de datos que no sean para un uso exclusivamente personal deberán registrarse conforme lo previsto en el artículo 21".
En su lugar, el Ejecutivo dispuso "elaborar y proponer para su aprobación, el diseño de su estructura orgánica, y designar a su planta de agentes, conforme a la normativa vigente en materia de designaciones en el ámbito de la administración pública nacional", en relación al personal de la Agencia.
Además, el decreto incorporó como inciso t) al artículo 24 del capítulo IV de la Ley N° 27.275 el texto: "Fiscalizar la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre".
El 29 de agosto último se publicó en el Boletín Oficial el decreto 685 que oficializó la designación de Eduardo Bertoni como director de la Agencia de Acceso a la Información Pública.