En esas presentaciones, indicó la AFIP, “se exponen diversas dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen”, razón por la que “se estima pertinente contemplar las situaciones y particularidades planteadas”.
“Atendiendo al objetivo de esta Administración Federal de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, resulta aconsejable flexibilizar la vigencia del aludido régimen”, concluyó el organismo recaudador.
Al respecto, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) -una de las entidades que realizó las presentaciones señaladas en la resolución- recordó en un comunicado que “la implementación de la facturación electrónica data de 2007, cuando ciertas actividades debieron incorporarla de forma obligatoria como método de emisión”.
“Desde entonces, la medida fue alcanzando a cada vez más contribuyentes, llegando a 2015 con la generalización del sistema para un universo mayor, en su gran mayoría PyMEs y con escasas situaciones especiales que escapan a la norma por dificultades de implementación o la imposibilidad de cumplir con la obligación establecida”.
