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Corte bonaerense avanza para reanudar funcionamiento de la justicia por medios tecnológicos

La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso hoy reanudar en forma progresiva la administración de justicia a través de medios tecnológicos que no impliquen el traslado de personas a sedes judiciales debido al aislamiento por el coronavirus.
La medida la dispusieron los integrantes del máximo tribunal con la resolución que estableció la reanudación de los plazos a partir del 29 de abril para el dictado por medios digitales de toda clase de resoluciones y sentencias y su notificación electrónica en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz.

La resolución a la que accedió Télam prevé que a partir del 6 de mayo se reanuden también los plazos únicamente para realizar presentaciones electrónicas y actos procesales, en tanto sean compatibles con las restricciones vigentes por el coronavirus, cuyos despachos se realizarán en la medida que los medios tecnológicos disponibles lo permitan y no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales.

También se contempló que los órganos judiciales del fuero Familia continúen su actividad bajo las normas de emergencia vigentes. Y se mantiene la limitación de iniciar nuevos procesos a excepción de los correspondientes a casos urgentes y aquellos en los que sea inminente la prescripción de la acción, solo a los efectos de su interrupción.

Además se fijó que, mediando petición de parte y salvo determinados actos o diligencias (declaraciones de testigos, audiencias de vista de causa y audiencias con niños, niñas y adolescentes), los órganos judiciales podrán autorizar, en atención a las circunstancias y según su sana discreción, el uso de herramientas tecnológicas accesibles para la realización a distancia de actos procesales que de otro modo pudieran verse impedidos.

Los jueces podrán ordenar de oficio actos procesales cuya suspensión o postergación pudiera derivar en un grave perjuicio a derechos fundamentales, también a practicarse mediante el uso de las herramientas tecnológicas disponibles.

En cuanto a los organismos de los fueros Penal y Penal Juvenil, continuarán su actividad bajo las normas de emergencia actualmente vigentes. Sin embargo, se permitirá la sustanciación y decisión de los procedimientos de juicios abreviados, directísimos y la suspensión del juicio a prueba en la medida que los medios tecnológicos disponibles lo permitan y siempre que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales o suplantado el procedimiento oral por el escrito.

También consignó que para audiencias con intervención de personas privadas de libertad será en principio aplicable el sistema de videoconferencia. Según informó la Corte, sólo hoy "se establecieron 7.740 conexiones remotas al sistema y se han despechado 773.002 trámites judiciales por medios electrónicos, entre proveídos, resoluciones y sentencias".

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