Se entiende que un bien es de origen nacional “cuando ha sido producido o extraído en el territorio de la República Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el 40% de su valor bruto de producción”, puntualizó el texto oficial.
Los sujetos alcanzados por esta norma son, entre otros, las personas humanas o jurídicas a quienes el Estado nacional hubiere otorgado licencias, concesiones, permisos o autorizaciones para la prestación de obras y servicios públicos.
También, los contratistas directos de esos sujetos; el Poder Legislativo de la Nación, el Poder Judicial de la Nación y el Ministerio Público de la Nación y laCompañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA).
La ley establece que “se otorgará preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional cuando el monto estimado del procedimiento de selección sujeto a la presente, sea igual o superior al monto establecido por la reglamentación vigente”.
“En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá incluir, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación”, según la norma.
Además, las cooperativas que se encuentren inscriptas en el Registro del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) del Ministerio de Desarrollo Social y cumplan con lo establecido en la ley, “tendrán los mismos beneficios y se les otorgarán las mismas preferencias que las previstas para las pequeñas y medianas empresas”.
A través de la misma ley, se creó el “Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores”, cuyo objetivo principal será “desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos, a fin de contribuir al impulso de la industria, la diversificación de la matriz productiva nacional y la promoción de la competitividad y la transformación productiva”.