Según publicó el portal Fiscales.gob.ar, el pasado 26 de septiembre, el TOF N°2 de San Martín resolvió no hacer lugar al pedido de libertad condicional ni de salidas transitorias solicitadas a favor de Díaz, quien se encuentra preso en una cárcel del Servicio Penitenciario Federal desde 2006 cuando fue condenado.
Dicha resolución fue apelada por la defensa del condenado que interpuso un recurso de casación en el que se agravió por la falta de fundamentación y arbitrariedad del fallo del TOF N°2.
“El Consejo Correccional, desde enero de 2015, ha venido diciendo que Díaz cumple con los requisitos legales previstos para obtener las salidas transitorias, pero que debería transitar más tiempo en el periodo de prueba para desarrollar métodos de autogobierno”, escribió la defensa del condenado en el recurso presentado.
Y agregó: “es sistemático a lo largo de los informes por un lado el reconocimiento de sus avances para luego resaltar cuestiones peyorativas a su personalidad, las que carecen de un claro contenido fáctico pues se ven acompañadas de un silogismo inconducente a su tratamiento”.
Antes del fallo de los jueces de la Sala III, el titular de la Fiscalía General N°2 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Raúl Pleé, dictaminó que era necesario notificar a las víctimas de los hechos por los que fue condenado Díaz.
Al ser notificados, estos se opusieron a la concesión del beneficio, por considerar que el condenado aún no se encuentra resocializado.