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Entró en vigencia el decreto que declara a la provincia de Buenos Aires en emergencia por seguridad

El decreto que declaró la emergencia en materia de seguridad en todo el territorio bonaerense rige desde hoy, con su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata del decreto 220, que establece la emergencia por el término de 12 meses, “con la finalidad de resguardar la vida y los bienes de las personas”.

En los fundamentos de la medida, se precisa que “la detección de nuevas modalidades delictuales constituye una problemática de público conocimiento que exige la adopción por parte del Estado de políticas integrales y soluciones concretas en materia de seguiridad con carácter urgente e impostergable”.

Expresa que en ese marco es necesario implementar “un conjunto de medidas para el fortalecimiento de la institución policial y penitenciaria y la potenciación de sus áreas
operativas”, además de dotar de instrumentos para adquirir el equipamiento necesario.

“En forma simultánea se requiere la ejecución de programas tendientes a lograr una mayor ionclusión social, que contribuyan a la erradicación progresiva de las causas que originan la problemática descripta y a reforzar la particiapciómn activa de la comunidad en la elaboración de esas políticas”, precisa.

El artículo 2 del decreto convoca al personal policial en situación de retiro; el artículo 3 hace la misma convocatoria al personal penitenciario en situación de retiro.

El artículo 4 instruye al ministro de Seguridad a reorganizar los recursos humanos y materiales para priorizar las políticas en materia de prevención del delito y la afectación del personal policial a funciones operativas.

El artículo 5 pide a la Procuración de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que se refuercen “las fiscalías con competencia criminal para delitos graves como homicidios y robos con armas, durante los turnos, de acuerdo a las necesidades que deriven de la emergencia”.

El artículo 7 convoca al Consejo Provincial de Seguridad Pública, que se reunirá mañana en La Plata.

El artículo 9 dispone que en el marco de esta emergencia “las empresas prestadoras de servicios de seguridad y su personal realizarán sus tareas en carácter de auxiliares de las fuerzas de seguridad pública y tendrán la obligación de comunicar en forma inmediata a las fuerzas policiales toda actuación que implique un riesgo para la integridad física de las personas y los bienes”.

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