El fallo, de 15 páginas, señala una pericia psicológica en la que Tablado recordó "haber gozado de salidas transitorias hasta diciembre de 2011, cuando fueron suspendidas debido a que su tutora no se encontraba en su domicilio cuando él debió reportarse, y que también ello fue debido a episodios que atribuye al hostigamiento por parte de la prensa que le originaron un estado de stress y una denuncia consecuente.".
Tablado describió un "proyecto de residir en la Provincia de Santa Fe -localidad de San Justo- donde un amigo de su familia le ofrece alojamiento y trabajo. Planea continuar allí con su tratamiento psiquiátrico y psicológico".
En ese mismo sentido, "las autoridades penitenciarias correspondientes indicaron que Tablado registraba conducta alfanumérica Ejemplar 10 desde el segundo trimestre del año 2000, y que era merecedor de un buen concepto; circunstancias éstas que, a su vez, resultan coincidentes con lo informado el 7 de noviembre de 2012".
Pero la pericia también indicó que "no se observan signos genuinos de angustia, el tono emocional empleado fue de tipo desafectivizado" y además, "los sentimientos de culpa enunciados a nivel discursivo, carecen de genuino sostén afectivo".
"El caudal de agresión e impulsión se mantuvo controlado y latente a lo largo del examen", consideró el tribunal.