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Fallo sobre aborto: “no es justo procurar paliativo de una de las victimas suprimiendo la vida de la otra”

La jueza nacional en lo civil, Miriam Rustán de Estrada, consideró que "no es justo procurar el paliativo de una de las víctimas suprimiendo la vida de la otra", en el fallo que suspendió la práctica del primer aborto no punible en el sistema público de salud porteño, tras la reglamentacion del procedimiento.
"Si la madre necesita reparar el trauma sufrido mediante su desvinculación completa del hijo engendrado, podrá hacerlo en cuanto el niño nazca, mediante el instituto de la adopción, pero no puede hacerlo mediante su eliminación de la faz de la tierra", expresó el fallo de seis páginas.

Asimismo, sostuvo que "la urgencia del caso me impide explayarme sobre otros argumentos que también afirman con solidez inexpugnable el derecho de todo niño a seguir viviendo".

"No es justo procurar el paliativo de una de las víctimas suprimiendo la vida de la otra. No es posible reparar un daño generando otro daño mayor e irreversible absolutamente", manifestó el fallo.

La jueza se pronunció a partir de una medida cautelar presentada por el abogado Pedro Andereggen, de la Asociación Pro Familia, quien pidió que no se realice el aborto previsto para hoy en el sistema público de salud porteño.

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