Ruiz sostuvo que "la venta de alimentos en la vía pública no se encuentra prohibida de manera absoluta, sino sujeta a la reglamentación", pese a lo cual le fue rechazada su solicitud.
Ante ese escenario, pidió "como medida cautelar que se decrete la ilegitimidad de las maniobras tendientes a impedir la venta tipificada como Elaboración y expendio de alimentos con ubicación fija y determinada por cuenta propia en las ubicaciones correspondientes a los permisos oportunamente recibidos, ordenándole se abstenga de concretar clausuras, remociones o tomar otras medidas que afecten la labor comercial".
El reclamo fue efectuado contra la decisión del gobierno de "no hacer lugar a la solicitud de inscripción en el Registro de Postulantes ya que se encuentra cerrado por Disposición de fecha 30 de mayo de 2008".
El fallo ordena al gobierno porteño "que tramite la petición efectuada por el amparista bajo el Expediente Nº 1498748/2011 y en consecuencia, previa constatación de los requisitos pertinentes, inscriba al actor en el Registro de Postulantes y se expida sobre la procedencia del permiso solicitado".
Ello deberá ocurrir en el término de diez días hábiles, tras los cuales la administración porteña deberá determinar si concede o no el permiso para que Ruiz vuelva a trabajar.
