edición 8248 - visitas hoy 27982

elcomercioonline.com.ar Noticias Zona Norte

Noticias Zona Norte

Senado debate ley sobre las fábricas recuperadas por los trabajadores

El Senado de la Nación debatirá hoy un proyecto para modificar la Ley de Quiebras en lo referido a las fábricas recuperadas por los trabajadores, que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados.
Tras las reuniones de las comisiones de Legislación General y de Trabajo de la Cámara alta, los senadores también aceptaron votar a continuación, una Ley correctiva con la intención de que el expediente original sea Ley hoy mismo y empiece a regir cuanto antes.

Los cambios a la Ley de Quiebras se refieren a la participación activa de los trabajadores y a favorecer la continuidad de la explotación de las empresas en situaciones de crisis por sus trabajadores que se organicen en cooperativas.

El proyecto otorga la prioridad a los trabajadores para que adquieran la empresa en quiebra con sus créditos laborales, los que serán calculados conforme la indemnización completa que se establece en el Régimen de Contrato de Trabajo.

También deroga la suspensión de los intereses compensatorios que devengan los créditos laborales, para que los trabajadores no sean la variable de ajuste en los procesos concursales, tal como lo establece la ley vigente.

La modificación realizada a la Ley de Quiebras posibilita que los trabajadores se hagan cargo de la empresa antes de llegar a la quiebra utilizando sus créditos laborales, evitando el cierre de la empresa y asegurando la fuente de trabajo.

Al mismo tiempo se suprime la suspensión de los Convenios Colectivos de Trabajo que estableció la reforma laboral de la década del '90, impulsada por el gobierno de Carlos Menem.

Por este proyecto se garantiza el acceso a la información de los trabajadores en todo el proceso, aún en el concurso preventivo.

En lo estrictamente técnico, las modificaciones a la Ley de Quiebras que se realizan son las siguientes: articulo 129 sobre suspensión de intereses; 187 sobre propuestas y condiciones del contrato), 189 sobre continuación inmediata, 190 sobre trámite común para todos los procesos y 191 sobre la autorización para continuar con la actividad de la empresa.

Además se reforman el artículo 192 referido al régimen aplicable), el 195 referido a hipoteca y prenda) y los que hablan de las obligaciones laborales del adquirente de la empresa, de la enajenación de la empresa y de la venta directa.

En tanto, la norma correctiva, que antes de ser Ley debe pasar por Diputados, le permitirá a las cooperativas tener a trabajadores en relación de dependencia.

Además, establecerá que ante la quiebra de una firma cobrarán primero los trabajadores y luego los prendarios.

Últimas Noticias