La medida fue dispuesta por las resoluciones 254 del Ministerio de Seguridad, 236 del Ministerio de Economía y 35.791 de la Superintendencia de Seguros y establece que "el asesoramiento para el desarrollo del protocolo" de identificación de autopartes "será desarrollado en el marco del convenio ya vigente" entre la Superintendencia de Seguros y la UTN en un "plazo máximo de 60 días".
La Resolución Conjunta estipula además que la Dirección Nacional de fiscalización de Desarmaderos y Autopartes, del Ministerio de Seguridad, será la "autoridad de aplicación", por lo que "fiscalizará, controlará y expedirá el certificado correspondiente a cada vehículo en el grabado de sus autopartes".
En tanto, la Superintendencia de Seguros "establecerá los mecanismos por los cuales las aseguradoras autorizadas a operar en los ramos del seguro automotor, deberán requerir a sus asegurados ese certificado al momento de contratar cualquier póliza de seguro de automotores o motovehículos".
Seguinos en...


