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La provincia impuso multas por más de 10 millones de pesos

El Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Martín Ferré, impuso multas en 2010 por un total de 10.229.468 pesos, a comercios de venta de productos y/o servicios por no cumplir con las disposiciones que amparan a los consumidores del distrito bonaerense.
Se trata de sanciones impuestas a comercios que no respetaban la Ley de Talles, no exhibían precios, incurrían en el cobro diferenciado del precio publicado en las góndolas y sostenían publicidad engañosa.

En rigor, se trata de infracciones a las Leyes de Defensa del Consumidor, Lealtad Comercial, Metrología Legal y Ley Provincial de Talles, se indicó en un comunicado.

Según explicó el ministro Ferré, "forma parte de nuestra política productiva la fiscalización del cumplimiento de las normas de defensa comercial y concientizar al consumidor sobre cuáles son sus derechos".

"Por esto, el gobernador Daniel Scioli nos encomendó arbitrar todos los medios necesarios para la puesta en marcha de acciones concretas que defiendan a los consumidores ante condiciones desfavorables y se sancione al comerciante que quiebre este lazo de confianza necesario para el fortalecimiento de la Producción", afirmó.

Ferré destacó que "para esto hemos realizado operativos continuos durante todo el año pasado, y este 2011 comenzamos redoblando el esfuerzo en la costa Atlántica, de manera de acercar el trabajo de este ministerio a los consumidores, informándoles sobre los derechos que los asiste y advertirles que ante cualquier anomalía que detecten podrán llamar al 0800-222-9042 para realizar su reclamo o consulta en forma gratuita".

En 2010, la Dirección Provincial de Comercio, recaudó 4 millones de pesos en forma efectiva por infracción a las mencionadas leyes, en tanto que sólo en enero de 2011, la recaudación asciende a más de 300 mil pesos.

La Ley de Defensa del Consumidor regula y protege las dificultades o impedimentos que surgen en el amplio abanico de prácticas de consumo.

Por ejemplo, cuando un cliente decide interrumpir el contrato con proveedores de TV por cable, Internet y celulares; incumplimiento de garantía; aumento de servicios sin notificación previa al usuario; imposición de cláusulas abusivas y letra chica en los contratos; disposiciones específicas en prepagas, como el rechazo por enfermedad pre-existente, entre muchos otros puntos tutelados por la Ley.

La Ley de Lealtad Comercial regula la obligatoriedad de exhibir precios en vidrieras y dentro de los comercios, que en caja se cobre el mismo valor que se promociona en la góndola y la publicidad engañosa, entre otros temas sensibles a los derechos relacionados al consumo.

La Ley de Talles regula las condiciones que debe reunir la fabricación y venta de prendas para mujeres adolescentes. Esta norma establece que se deben indicar los talles del 38 al 48, en reemplazo de las medidas universales S, M, L y XL. Los fabricantes y comerciantes que reinciden en no cumplir con estos requerimientos, se exponen a multas o clausura.

La Ley de Metrología Legal establece las normas que deben cumplir los instrumentos de medición (pesos, longitud) utilizados en los comercios, como así también que el contenido de los productos envasados se corresponda al valor declarado en el envase, finaliza el comunicado del Ministerio de la Produccion.

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