22.10.2015 - 19:28 | Política

El partido de Massa pidió a la justicia que se tome en cuenta el voto en blanco para el cálculo del porcentaje de votos

El partido que lidera Sergio Massa reclamó a la Justicia que se compute el voto en blanco para el cálculo por el que se determinan los porcentajes de sufragios de cada fuerza política.

“Pedimos que el voto en blanco se cuente para calcular el 45%, o el 40% más los 10 puntos de diferencia que un candidato necesita para ser ganador en primera vuelta”, precisaron Eduardo Cergnul, apoderado del Frente Renovador y Gabriel Mihura Estrada, un abogado de confianza de Massa.

Según publicó un matutino porteño, la presentación del Frente Renovador fue realizada el martes a la mañana en Chaco, ante el juez federal con competencia electoral de esa provincia, Carlos Skidelsky.

Los apoderados pidieron al juez una “acción declarativa de certeza” para que resuelva computar el voto en blanco tanto en la elección del domingo como en el balotaje.

La expectativa del Frente Renovador es que el juez, antes del domingo, disponga una medida cautelar hasta tanto no se resuelva si el voto en blanco debe computarse.

El Frente Renovador justificó que la presentación fuera hecha en la provincia norteña ya que, según se indicó, fue iniciativa del candidato a diputado nacional por esa provincia Jorge Sánchez.

“Es una discusión técnica, nosotros decimos que el voto en blanco, en función de lo que expresa la Constitución, es un voto igual, y así debe ser considerado”, expresó Cergnul.

Políticamente, la presentación apunta a que el voto en blanco forme parte del cálculo de los porcentajes de cada fuerza y dificultar así un posible triunfo en primera vuelta del candidato del Frente para la Victoria, Daniel Scioli.

La Cámara Nacional Electoral emitió un fallo en 1987 según el cual el voto en blanco es “válido” pero “negativo”, y por ende, no debe computarse para el escrutinio de la elección presidencial.

La Constitución detemrina que se requiere alcanzar más del 45 por ciento de los votos “afirmativos válidamente emitidos”, o el 40 por ciento y una diferencia de diez puntos porcentuales respecto del segundo.