La mujer efectuó la presentación “ante la negativa a proceder a su afiliación en calidad de beneficiaria monotributista a pesar de estar debidamente notificada”, y la Obra Social fue sancionada por la Superintendencia de Servicios de Salud en una medida ahora confirmada por la justicia.
Los camaristas Rogelio Vincenti, Jorge Morán y Marcelo Duffy, destacaron que “no puede soslayarse que mediante resolución se intimó (a la obra social) a que arbitrara las medidas necesarias para afiliar a la señora Rendine”.
En esa línea, los magistrados concluyeron que “se desprende nítidamente el incumplimiento de las intimaciones impartidas por la autoridad de aplicación sin que los argumentos vertidos en su defensa resulten suficientes para justificarlo”.