04.10.2012 - 19:02 | Tigre

La Corte confirma las condenas a dos adolescentes por el crimen de Urbani

La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó hoy las condenas a dos adolescentes juzgados en 2010 por el crimen del joven músico Santiago Urbani, asesinado de un escopetazo en la cabeza un año antes cuando llegaba a su casa de la localidad de Tigre, informaron fuentes judiciales.

La Corte confirma las condenas a dos adolescentes por el crimen de Urbani

A partir de este fallo, el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil 3 de San Isidro, que los juzgó cuando eran menores de edad, podrá determinar las penas que les corresponden, ya que habían quedado diferidas hasta que cumplieran 18 años.

En el caso del identificado como V., el máximo tribunal de la provincia consideró que es autor de "homicidio criminis causae" (matar para ocultar otro delito y lograr la impunidad), al dar por acreditado que fue quien disparó contra Urbani.En cuanto al otro adolescente que intervino en el hecho, A., la Suprema Corte resolvió que debe ser condenado por "homicidio en ocasión de robo en concurso real con tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal".

La diferencia de participación en el hecho de uno y otro es que V. fue quien disparó contra Urbani cuando estaba solo él en el cuarto del músico, mientras que A. "se hallaba en otra habitación de la casa, con el resto de la familia reducida, sin un conocimiento real, concreto y actual del riesgo mayor que estaba generando su cómplice", señala el fallo.

En la resolución, a la que accedió Télam, la Corte sostuvo que aún siendo el resultado mortal previsible o palpablemente esperable, el hecho que A. no estuviera en la habitación en donde fue asesinado Urbani, justifica su encuadre en la figura del robo con homicidio resultante".

Este último delito prevé una pena de 10 a 25 años de prisión, en tanto que el homicidio criminis causae está penado con perpetua.

La defensa oficial de V. había planteado que el disparo de escopeta fue "accidental", lo cual fue rechazado, en tanto el pedido del abogado de A. fue acogido parcialmente, ya que pretendía que sólo fuera condenado por robo, algo que la Corte, por mayoría, descartó.

"El homicidio colocó al nombrado V. en un mejor posicionamiento para facilitar la comisión del robo y procuró la impunidad para sí y para sus consortes", remarcó el fallo, que entendió que ese menor de edad "tuvo dominio del hecho y lo ejecutó".

Sobre A., los jueces dijeron que "quedó fuera de controversia que ingresó al domicilio de la familia con fines de robo, a sabiendas que al menos una de las armas que portaban se encontraba cargada y apta para el disparo", entre otras acciones.

El fallo fue firmado por los jueces Eduardo de Lázzari, Héctor Negri, Daniel Soria, Juan Carlos Hitters y Luis Genoud.

El hecho ocurrió la madrugada del 10 de octubre de 2009, cuando cuatro delincuentes interceptaron a Urbani mientras estacionaba su auto y lo obligaron a ingresar a su casa de la avenida Liniers 1988, de Tigre, donde dormían su madre y su hermana.

Mientras los ladrones juntaban los objetos de valor y los cargaban en el auto de Santiago, el joven músico fue asesinado en el cuarto de su hermana de un escopetazo en la cabeza.

Los delincuentes escaparon con 2.000 pesos, alhajas, electrónicos, electrodomésticos, dos guitarras eléctricas que eran de Santiago y calmantes medicinales.

Incluso, la propia madre de la víctima contó que luego de escucharse el escopetazo, el asesino de su hijo entró a su habitación y le exigió la entrega de "rivotril" y no se fue de la casa hasta que ella le dio una caja de calmantes.

En un primer juicio oral realizado en 2010, el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil 3 de San Isidro declaró responsables a los menores de edad, pero difirió la pena hasta que cumplieran 18 años, lo cual sucedió el año pasado.

La sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías del mismo distrito confirmó las penas, pero consideró que el hecho fue un "homicidio criminis causae" y no en ocasión de robo, como se había considerado en el juicio oral.
En un segundo debate efectuado en 2011, Oscar "El Pelado" Pérez Graham (44) recibió una condena inédita de 27 años de cárcel por haber reclutado a menores de edad para cometer el asalto, en tanto que a otro de los partícipes del homicidio, Emiliano Herrera (21), se le aplicó una pena de 20 años.

Durante el debate, se probó que Pérez Graham estaba dentro de un auto estacionado en la puerta de la casa, y Herrera se encontraba en otro lugar de la casa junto a la hermana y la madre de Urbani.

Se acreditó que, tras escuchar el disparo, Herrera se dirigió a ver qué había ocurrido y luego junto, con otro cómplice también menor de edad, decidieron retirarse de la casa y sólo quedó en el interior el autor del homicidio.