Condenan a una prepaga a pagar la educación de un menor con discapacidad de aprendizaje en un colegio privado
La Cámara en lo Comercial condenó a una empresa de medicina prepaga a solventar los gastos educativos de una menor de edad con discapacidades para el aprendizaje en el Colegio Mallinckrodt, uno de los principales establecimientos educativos privados del país.
"Las empresas comercializadoras de un servicio de medicina prepaga, además de intentar cumplir el objetivo que su propia naturaleza comercial les imprime, deben, propender a proteger la vida, la integridad y la salud de las personas, por lo que adquieren un cúmulo de compromisos que exceden o trascienden el mero plano negocial", sostiene la resolución, firmada por los jueces Miguel Bargalló y Angel Sala.
El fallo obliga además a la prepaga a extender el apoyo educativo fuera del horario escolar: "la pretensión de que se le otorgue a la menor apoyo fuera del horario escolar no resulta antojadiza, pues fue sugerida por la profesional que se encuentra a cargo de su integración dentro del ámbito escolar, con el objetivo de poder reforzar los contenidos vistos en la escuela y de esa forma seguir desarrollándose en su aprendizaje".
La empresa había argumentado que "para que proceda la cobertura educacional en escuela privada se requiere que no exista oferta educacional estatal adecuada a las necesidades de la persona con discapacidad en la jurisdicción en donde se reclama y que el prestador escogido se encuentre inscripto en el Registro Nacional de Prestadores para Personas con Discapacidad".
Pero la Cámara replicó que "la prueba de esa afirmación se encontraba a cargo de la empresa. Sin embargo, ninguna evidencia ofreció tendiente a demostrar la existencia de oferta estatal adecuada a las necesidades educativas de la menor".