24.07.2012 - 20:43 | Actualidad

La Justicia ordena al Registro bonaerense aceptar el nombre “Kika”

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata ordenó al Registro de las Personas admitir el nombre Kika a una niña nacida en 2010, a lo que se había negado ese organismo.

Los jueces Elio Horacio Riccitelli, Adriana Sardo y Roberto Daniel Mora aceptaron el planteo de Pablo Malgor y Natalia Pérez, a favor de la hija de ambos, nacida el 25 de marzo de 2010, para que se llame Kika, según un fallo publicado por el sitio especializado www.eldial.com.

El Registro de las Personas argumentó en su rechazo que la palabra Kika no figura como nombre en ningún idioma conocido y por ello lo padres apelaron ante la justicia.

Los camaristas consideraron en el fallo que “no se advierte que el nombre Kika pudiera reputarse como extravagante, ridículo o contrario a las costumbres”.

"La extravagancia, en el sentido técnico utilizado por el legislador, no resulta ser lo meramente inusual, raro o poco común, sino que hace referencia a los nombres que por sus características de rareza hieren la sensibilidad social media y pueden provocar una reacción de repulsión o rechazo, que dañe los sentimientos de quien porta el nombre", expusieron.

En tanto, señalaron, "la ridiculez importa una forma de lo extravagante que posee entidad para motivar la risa o provocar burlas".

El nombre Kika, a criterio de los jueces, "dista de provocar la situación de extravagancia, ridiculez o de afección a las costumbres del país que el legislador ha querido tutelar en oportunidad de reglamentar el derecho de los padres a nominar a su descendencia”.