Condenaron a “La Hiena” Barrios a cuatro años de prisión por la muerte de Yamila González
El boxeador Jorge Rodrigo "La Hiena" Barrios fue condenado por la Justicia marplatense a cuatro años de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación especial para conducir, por ocacionar la muerte de Yamila González, de 20 años y embarazada de seis meses, el 24 de enero de 2010, y lesiones graves a otras tres mujeres, entre ellas la madre de la víctima.
Los jueces Eduardo Oscar Alemano, Adrián Angulo y Juan Manuel Sueyro cuestionaron a Barrios la forma imprudente de manejo, hablando en forma "casi permanente" por celular, y su fuga del lugar de los hechos, "aún sabiendo que había herido gravemente a una persona".
Para el tribunal, Barrios resultó ser autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones culposas, cometidos ambos con el uso de vehículo automotor en perjuicio de Yamila González, Guillermina Molina y Débora Correa.
Fuentes del tribunal confirmaron a esta agencia que Barrios permanecerá detenido en una comisaría de Mar del Plata hasta que el Servicio Penitenciario Bonaerense disponga su alojamiento en una Unidad Penitenciaria, que por pedido de su defensa es posible que sea en un penal cercano a su lugar de residencia.
La pena impuesta por el tribunal no complació a quienes se encontraban en el lugar, allegados y familiares de Yamila Gonzalez, como tampoco a familiares de víctimas de accidentes de tránsito que se encontraban en la sala del primer piso de los tribunales marplatenses.
A los gritos y forsejeando, trataron de arremeter contra el imputado, pero esa acción fue impedida por la policía que se encontraba en el lugar, que casi fue sobrepasada.
Hasta el juez Alemano intercedió saliendo de su pupitre para tratar de detener una posible agresión.
Para los jueces, "tanto por la pena en expectativa (mirada desde el perfil de personalidad del acusado) como por su manifestada intención de entorpecer la recepción de prueba, resulta legítima la medida de coerción solicitada. Se debe revocar su excarcelación y ordenar su inmediata detención en una unidad dependiente del Servicio Penitenciario Bonaerense". El argumento del entorpecimiento de la prueba fue cuando "Jorge Castro dio su testimonio en la audiencia. Con apreciable espontaneidad dijo ante los jueces que el acusado se comunicó telefónicamente con él días antes de prestar su declaración en esta causa. Le manifestó en forma amenazante: 'fijate lo que vas a declarar en el juicio', reconociéndolo a Barrios por su voz. Luego de ello recibió mensajes de texto de tono similar, sin estar en condiciones de identificar al emisor. Dijo haber radicado denuncia penal por estos antecedentes".
Alemano, en su apresiación, sostuvo que, "en base a las consideraciones efectuadas, doy crédito a la versión de Castro. De la mano con ello, se puede ver al acusado en franco entorpecimiento de la actividad probatoria". "La pena de cuatro años de prisión debe mirarse con los ojos del acusado e interpretarse de acuerdo a su perfil de personalidad. Ha demostrado que para él, el escape es una reacción natural ante el problema. La amenaza penal da hoy un paso importante hacia su concreción, pues un Tribunal de juicio lo ha encontrado culpable, echando por tierra sus expectativas de absolución", sostuvieron los jueces.
"De los peritajes psicológicos, cabe agregar que en el caso el acusado reaccionó de un modo previsible de acuerdo a las consideraciones periciales, al referirse el reconocimiento de Barrios acerca de "... tener dificultad para resolver adecuadamente situaciones conflictivas... asumiendo una postura autoindulgente, con una clara tendencia evasiva y negadora de los conflictos", se indicó.
Aclararon que "ninguna duda cabe de que Barrios concretó su huida aun sabiendo que había herido gravemente a una persona y creo que sólo el hecho de saber que había sido identificado le motivó a presentarse en la Comisaría 1ra. aunque demasiadas horas después. Este modo de comportarse egoísta y sin evidencias de solidaridad con la víctima o preocupación por el otro, merece un fuerte reproche".
Finalmente, afirmaron que "ha quedado sobradamente demostrado en el juicio que el Fiat 147 fue despedido como una masa sin posibilidad de control alguno, de manera tal que su dirección y velocidad fueron impuestas en mayor medida por el impacto de la BMW que, en instantes, le transmitió una energía tal, que produjo que las butacas del Fiat se vencieran, quedando la conductora totalmente recostada sobre los respaldos caídos sin posibilidad de accionar ningún comando ni de ver lo que estaba aconteciendo".