La justicia bonaerense dispuso que una obra social cubra una fertilización
La Justicia bonaerense determinó que una obra social deberá prestar cobertura al tratamiento de fertilización asistida reclamado por una pareja y basó el fallo en la nueva ley sancionada por la Legislatura de la provincia de Buenos Aires en diciembre.
La resolución sostuvo que en la norma "el Estado provincial reconoce a la infertilidad humana como enfermedad y asimismo reconoce la cobertura médico asistencial integral de las prácticas médicas".
La decisión de la Cámara benefició a una pareja platense que reclamó la cobertura de un tratamiento de fertilización de alta complejidad, conocido como Inyección Intracitoplasmática de un Espermatozoide (ICSI, por sus siglas en inglés). En los antecedentes, citó un fallo de la Corte Suprema de Justicia del 24 de octubre de 2000, en el que el máximo tribunal expresó que a partir de lo dispuesto en los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional "se ha reafirmado el derecho a la preservación de la salud comprendido dentro del derecho a la vida".
El ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, por su parte, sostuvo que "por primera vez la Justicia tiene una ley en la que apoyarse para garantizar el derecho a la salud de una pareja con problemas de infertilidad".
A partir de la ley, advirtió el funcionario, "las obras sociales irán tomando registro de estas decisiones que ponen en evidencia que la cobertura de los tratamientos de fertilización es, nada menos, que un derecho humano".
El ministerio de Salud bonaerense informó que desde la vigencia de la ley "19 mujeres quedaron embarazadas con tratamientos de fertilización gratuitos realizados en hospitales públicos de la provincia". La ley de fertilización bonaerense fija en 30 años de edad como mínimo y 40 como máximo la posibilidad de acceder a tratamientos gratuitos de fertilidad y prevé hasta dos intentos para lograr un embarazo.
Los hospitales públicos que prestan cobertura sobre fertilización son Güemes de Haedo, San Martín de La Plata, Penna de Bahía Blanca y Alende de Mar del Plata. En el marco de la legislación, también dispuso una línea telefónica gratuita 0800-666-0611 para consultas sobre los tratamientos.