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ARBA busca simplificar los trámites de ingresos brutos

Los contribuyentes de Ingresos Brutos y los agentes de recaudación de ese impuesto y de Sellos, deberán realizar las altas, bajas y modificaciones referidas al tributo desde Internet, a través de una nueva aplicación informática que fue desarrollada por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA).
El organismo indicó que "esta herramienta posibilitará formalizar vía web un promedio de 35 mil trámites mensuales relacionados con Ingresos Brutos y agentes que, hasta el momento, sólo podían efectuarse de manera presencial en los centros de servicio de Arba". "Con esta innovación, los contribuyentes tendrán acceso a gestiones ágiles y menos burocráticas y, al mismo tiempo, la Agencia de Recaudación logrará un doble beneficio: reducirá el consumo de papel y conseguirá descongestionar la afluencia de público en los locales de atención", explicó su titular, Martín Di Bella.

El nuevo sistema permitirá que los contribuyentes de Ingresos Brutos, y también los agentes de recaudación de ese impuesto y de Sellos, ingresen sus datos en forma directa a través de la web de Arba (www.arba.gov.ar), prescindiendo del software SIAp (Sistema Integrado de Aplicativos) que se utilizaba hasta ahora. Los usuarios podrán tramitar altas, ceses y modificaciones relativas al tributo, como, por ejemplo, cambio de domicilio, razón social, nombre, responsables, sucursales y otras variables informativas.

En una primera etapa, las altas y modificaciones referidas al cambio de domicilio fiscal requerirán que el contribuyente o agente de recaudación, además de ingresar sus datos por la web, deba presentarse en un centro de servicios de ARBA. En una etapa posterior, esos trámites, como todos los demás referidos a Ingresos Brutos, serán completamente "on line y no se necesitará ninguna gestión presencial" y el uso de esta aplicación informática no incluye los trámites de los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, ni los de los escribanos públicos. Tampoco abarca a los contribuyentes del Convenio Multilateral, en cambio, sí podrán utilizarla las entidades registradoras que están en instancia de reempadronamiento.

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