De acuerdo con el BCRA, "no hace falta esperar a la publicación en el Boletín Oficial de los decretos. El BCRA ya fue notificado de los decretos en los que se espefica que entran en vigencia en la fecha de promulgación".
Para los asesores letrados del BCRA, un eventual amparo judicial no puede anular la vigencia del decreto por lo que aún con esa decisión de un tribunal, los fondos ya fueron girados.
Un eventual rechazo parlamentario del Decreto de Necesidad y Urgencia aparece como la única vía que puede retrotraer la situación jurídica al estado anterior al dictado de la norma.