Cortés Ayerra fue procesado por uno de los delitos contemplados en el Código Penal bajo el título “contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y de comunicación”, que prevé penas de hasta cinco años de cárcel.
No obstante, el juez no dictó la prisión preventiva del marino uruguayo. Cortés Ayerra había argumentado en su defensa que el accidente fue originado por el viento que sacudía a las costas del Río de la Plata, pese a lo cual Rafecas igualmente le atribuyó responsabilidad por lo ocurrido.
“Era él, en su calidad de capitán, quien tenía la dirección y gobierno del buque, siendo las maniobras por él impartidas las que finalmente concluyeran en el resultado traído hoy a estudio", señala el fallo.