En enero de 2008, la paciente se presentó en la sucursal San Isidro de la empresa con su historia clínica y certificados en los que se le prescribía la operación. Pese a eso, Galeno se negó a costearla, argumentando que la intervención no estaba contemplada en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
La mujer llevó al caso a la Justicia y Prada Errecart se inclinó a su favor, basándose en la ley 22.396 que, si bien todavía no está reglamentada, establece un "antes y un después" en el tratamiento de la obesidad, explicó el magistrado.
En su artículo 15, el texto de la conocida como "Ley de obesidad" y que fue impulsada por el programa de televisión "Cuestión de peso" establece que "quedan incorporadas en el POM la cobertura integral del tratamiento de los trastornos alimentarios según las especificaciones que a tal efecto dicte la autorización de aplicación".
El fallo subrayó el derecho a "la recuperación de todas o la mayor parte posible de las capacidades sensoriales, mentales y/o viscerales, alteradas total o parcialmente por afecciones, sean estas de origen congénito o adquirido en este caso, un cuadro de obesidad mórbida". Finalmente, la prepaga aceptó la decisión de la Justicia sin apelarla y cubrirá los gastos de la operación.