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No se venderan lamparas incandescentes a partir de 2011

La prohibición de importar y comercializar lámparas incandescentes a partir del 2011 en todo el territorio nacional se formalizó hoy con la publicación de la ley correspondiente en el Boletín Oficial, en el marco del Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica (PUREE).
La Ley 26.473 sancionada por unanimidad por el Congreso nacional, prohíbe a partir del 31 de diciembre de 2010 la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina.

La norma, cuyo texto se publica hoy en el Boletín Oficial, fue sancionada el 17 de diciembre de 2008 y promulgada de hecho el 12 de enero de 2009.

El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) es autorizado por esa ley a establecer excepciones por razones técnicas, funcionales y operativas, que estime necesarias, a través de los mecanismos y metodología que establezca a tal efecto.

El PEN podrá además dictar las medidas tendientes a facilitar la importación de lámparas de bajo consumo, sus partes, insumos, componentes y/o equipamiento necesario para su producción, reduciendo o liberando de gravámenes y tributos de importación.

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